2012/11/06

El Constitucional 'bendecirá' el matrimonio homosexual tras siete años de debate

EL CORREO: El Constitucional 'bendecirá' el matrimonio homosexual tras siete años de debate

La mayoría progresista rechazará el recurso del PP y terminará con la incertidumbre legal de miles de parejas de gays y lesbianas

 

El Tribunal Constitucional se dispone a validar la reforma del Código Civil impulsada en 2005 por el Gobierno socialista de José Luis Rodriguez Zapatero, que permitió contraer matrimonio a las parejas homosexuales y les garantizó idénticos derechos legales que a las tradicionales uniones heterosexuales, incluidos los de sucesiones y adopción.
Después de siete años de tramites y debates, el pleno del Constitucional se reunirá esta tarde para votar el dictamen-borrador elaborado por el magistrado Pablo Pérez Tremps, que rechaza el recurso de inconstitucionalidad interpuesto en 2005 por el PP y ratifica que el término 'matrimonio' es lícito para describir las uniones civiles entre personas del mismo sexo y perfectamente compatible con lo dispuesto en la Carta Magna de 1978, según informaron fuentes próximas al alto tribunal.
Si el pleno se desarrolla según lo previsto y llega la votación, el sector progresista cuenta con una mayoría de al menos seis magistrados partidarios de respaldar la sentencia que propone Pérez Tremps. La mayoría está encabezada por el propio presidente, Pascual Sala, y permitiría validar la ley aprobada por el Congreso el 30 de junio de 2005. Terminaría así la incertidumbre jurídica que arrastran las cerca de 25.000 parejas de gays y lesbianas que han contraído matrimonio civil en estos siete años.
Magistrado invalidado
El pleno que resolverá el recurso de los populares está compuesto solo por once de los doce miembros del Constitucional, ya que Francisco Hernando tuvo que abstenerse en esta causa para garantizar la apariencia de imparcialidad del tribunal. Hernando quedó invalidado para el debate debido a que en enero de 2005, en su condición de presidente del Consejo General del Poder Judicial, emitió un voto decisivo para que el órgano de gobierno de los jueces aprobase un informe técnico en el que se dudaba de la constitucionalidad de la reforma del Código Civil que proponía Zapatero, por entender que «desnaturalizaba la institución del matrimonio» contenida en el artículo 34 de la Carta Magna, que entendían exclusiva de las uniones de distinto sexo.
En ese mismo estudio, respaldado por Hernando, también se ponía en tela de juicio la posibilidad de adopción de las uniones homosexuales. El informe quedó marcado por la intencionalidad política, ya que, en una decisión muy infrecuente, fue elaborado a iniciativa propia de la mayoría conservadora y sin que fuese ni requerido ni deseado por el Ejecutivo.
La resolución de este recurso se ha eternizado en el Constitucional, además de por la fuerte división ideológica entre los miembros del pleno, que ralentizó su tramitación, por el tiempo que tuvo que dedicar el tribunal a otras impugnaciones urgentes, como la que falló sobre el Estatut catalán en el verano de 2010, y por la desestabilización interna que provocaron los grandes partidos con su bloqueo de las renovaciones de los propios magistrados.
De hecho, el fallo que podría aprobarse esta semana es prácticamente idéntico al que Pérez Tremps tenía terminado la pasada primavera y que el pleno podría haber aprobado antes del verano. La ponencia y la deliberación definitiva quedaron en junio sobre la mesa para permitir que fuese la corte renovada a mediados de julio, con la entrada de cuatro nuevos magistrados, quien resolviese el recurso. La reforma recurrida modificó el artículo 44 del Código Civil para incluir un segundo párrafo que indica que «el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o diferente sexo».
La RAE cambió la acepción
El PP, en un recurso firmado tres meses después por 50 diputados de su grupo, que hizo suyo el informe conservador del Poder Judicial, entendió que la reforma violaba siete artículos de la Constitución y, de forma especial, el 32, el que enuncia el derecho al matrimonio de hombres y mujeres «con plena igualdad jurídica». Consideraron ilegal la nueva redacción del Código Civil, «por no respetar la definición constitucional del matrimonio como unión de un hombre y una mujer» y por «desnaturalizar» con este cambio esta institución jurídica.
El recurso también hacía referencia, entre otros aspectos históricos, a la definición que la Real Academia de la Lengua Española hacía del matrimonio: «la unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos y formalidades legales». Con posterioridad, la Academia incluyó una nueva acepción: «En determinadas legislaciones, unión de dos personas del mismo sexo...».

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