Rechaza el recurso del PP, validando la reforma del Código Civil impulsada en 2005 por el Gobierno socialista de Zapatero
Después de siete años de trámites y debates, el Tribunal
Constitucional avaló ayer el matrimonio homosexual por ocho votos a
favor y tres en contra, según han informado fuentes del tribunal. Uno de
los ocho magistrados que apoyaron la legalidad de esta unión entre
parejas del mismo sexo, Manuel Aragón, emitió un voto particular
concurrente en favor del fallo, mientras que los tres que votaron en
contra -Andrés Ollero, Juan José González Rivas y Ramón Rodríguez
Arribas- formularon un voto particular divergente.
De esta forma, el Tribunal Constitucional rechazó el
recurso que el PP presentó hace siete años contra esta norma que regula
las uniones entre personas del mismo sexo. El alto tribunal legitima así
una ley que ha permitido la celebración de cerca de 25.000 bodas entre
homosexuales desde su aprobación en 2005 por el Gobierno de José Luis
Rodríguez Zapatero. Aquella reforma del Código Civil permitió contraer
matrimonio a las parejas homosexuales y les garantizó idénticos derechos
legales que a las tradicionales uniones heterosexuales, incluidos los
de sucesiones y adopción.
La reforma entró en vigor el 3 de julio de 2005, y
convirtió a España en el cuarto país del mundo que legalizaba estas
uniones. En su momento, la reforma modificó 16 artículos del Código
Civil para sustituir los términos 'marido' y 'mujer' por el 'cónyuges' y
las palabras 'padre' y 'madre' por 'progenitores'. Además, amplió el
artículo 44 con la siguiente afirmación: "El matrimonio tendrá los
mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o
de diferente sexo".
El Congreso aprobó definitivamente la reforma del Código
Civil que regula el matrimonio homosexual el 30 de junio de 2005, con
los votos a favor de todos los grupos parlamentarios, salvo el PP y los
diputados de Unió, que lo rechazaron, así como otros cuatro diputados
que se abstuvieron. Pese al apoyo de la Cámara Baja, previamente el
Senado había vetado la norma, con los votos del PP, cuatro diputados de
CiU y uno del PAR.
Recurso del PP
El 30 de septiembre de 2005 el Partido Popular decidió
interponer ante el Tribunal Constitucional un recurso de
inconstitucionalidad contra la totalidad de la ley que regula el
matrimonio entre personas del mismo sexo, al entender que la norma
desnaturalizaba "la institución básica del matrimonio".
Así, el PP denunció que la ley vulnera el artículo 32 de
la Constitución, que establece el derecho al matrimonio, y vio
igualmente quiebra constitucional en otros seis artículos (10.2, 14, 39,
53.1, 9.3, y 167) además de acusar al legislador de un uso fraudulento
del término, en consonancia con lo dicho en su día por el Consejo
General del Poder Judicial (CGPJ).
El TC venía tratando el fallo a fondo desde mediados del
pasado mes de septiembre y se ha incluido en el programa de todos Plenos
celebrados desde entonces. Además, el pasado 5 de julio, el
Constitucional aceptó la abstención en este asunto del magistrado
conservador Francisco José Hernando, que la solicitó por haber sido el
presidente del CGPJ que en enero de 2005 emitió un informe radicalmente
opuesto al proyecto, a pesar de que esta opinión no había sido
solicitada por el entonces gobierno socialista.
De este modo, y pese a haberse cumplimentado la
renovación que estaba pendiente en este órgano, el recurso contra el
matrimonio homosexual ha estado en manos de once jueces en vez de doce.
Ello es debido a que las abstenciones en el TC no suponen una
sustitución del magistrado que se aparta.
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