2012/11/07

El Tribunal Constitucional avala el matrimonio homosexual

EL CORREO:por 8 votos a favor y 3 en contra

Rechaza el recurso del PP, validando la reforma del Código Civil impulsada en 2005 por el Gobierno socialista de Zapatero

 Después de siete años de trámites y debates, el Tribunal Constitucional avaló ayer el matrimonio homosexual por ocho votos a favor y tres en contra, según han informado fuentes del tribunal. Uno de los ocho magistrados que apoyaron la legalidad de esta unión entre parejas del mismo sexo, Manuel Aragón, emitió un voto particular concurrente en favor del fallo, mientras que los tres que votaron en contra -Andrés Ollero, Juan José González Rivas y Ramón Rodríguez Arribas- formularon un voto particular divergente.

De esta forma, el Tribunal Constitucional rechazó el recurso que el PP presentó hace siete años contra esta norma que regula las uniones entre personas del mismo sexo. El alto tribunal legitima así una ley que ha permitido la celebración de cerca de 25.000 bodas entre homosexuales desde su aprobación en 2005 por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Aquella reforma del Código Civil permitió contraer matrimonio a las parejas homosexuales y les garantizó idénticos derechos legales que a las tradicionales uniones heterosexuales, incluidos los de sucesiones y adopción.
La reforma entró en vigor el 3 de julio de 2005, y convirtió a España en el cuarto país del mundo que legalizaba estas uniones. En su momento, la reforma modificó 16 artículos del Código Civil para sustituir los términos 'marido' y 'mujer' por el 'cónyuges' y las palabras 'padre' y 'madre' por 'progenitores'. Además, amplió el artículo 44 con la siguiente afirmación: "El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo".
El Congreso aprobó definitivamente la reforma del Código Civil que regula el matrimonio homosexual el 30 de junio de 2005, con los votos a favor de todos los grupos parlamentarios, salvo el PP y los diputados de Unió, que lo rechazaron, así como otros cuatro diputados que se abstuvieron. Pese al apoyo de la Cámara Baja, previamente el Senado había vetado la norma, con los votos del PP, cuatro diputados de CiU y uno del PAR.
Recurso del PP
El 30 de septiembre de 2005 el Partido Popular decidió interponer ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra la totalidad de la ley que regula el matrimonio entre personas del mismo sexo, al entender que la norma desnaturalizaba "la institución básica del matrimonio".
Así, el PP denunció que la ley vulnera el artículo 32 de la Constitución, que establece el derecho al matrimonio, y vio igualmente quiebra constitucional en otros seis artículos (10.2, 14, 39, 53.1, 9.3, y 167) además de acusar al legislador de un uso fraudulento del término, en consonancia con lo dicho en su día por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
El TC venía tratando el fallo a fondo desde mediados del pasado mes de septiembre y se ha incluido en el programa de todos Plenos celebrados desde entonces. Además, el pasado 5 de julio, el Constitucional aceptó la abstención en este asunto del magistrado conservador Francisco José Hernando, que la solicitó por haber sido el presidente del CGPJ que en enero de 2005 emitió un informe radicalmente opuesto al proyecto, a pesar de que esta opinión no había sido solicitada por el entonces gobierno socialista.
De este modo, y pese a haberse cumplimentado la renovación que estaba pendiente en este órgano, el recurso contra el matrimonio homosexual ha estado en manos de once jueces en vez de doce. Ello es debido a que las abstenciones en el TC no suponen una sustitución del magistrado que se aparta.

 

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