2012/06/28

La Cámara de Gasteiz aprueba reconocer los derechos de las personas transexuales

NAIZ INFO: La Cámara de Gasteiz aprueba reconocer los derechos de las personas transexuales

El Parlamento de Gasteiz ha aprobado la ley de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales, que establece la posibilidad de que las administraciones de la CAV otorguen una documentación provisional a las personas que se han cambiado de sexo y que todavía no han conseguido cambiar su DNI.

 

El Parlamento de Gasteiz ha aprobado una ley que garantiza a las personas transexuales una atención integrada y adecuada a sus necesidades médicas, sicológicas y jurídicas, en igualdad de condiciones con el resto de la sociedad. El grueso del texto ha sido aprobado por unanimidad, aunque el PP no ha apoyado algunos artículos contra los que había presentado enmiendas.
La ley de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales pretende dotar de cobertura jurídica a la unidad específica para el tratamiento de estas personas que existe en el Hospital de Cruces, en Barakaldo. De esa forma, establece que se deberá regular reglamentariamente una unidad de referencia en Osakidetza para la atención médica, sicológica o sexológica de las personas transexuales.
Esta unidad debe encargarse de definir el proceso a seguir en cada caso, conforme a las circunstancias personales, el estado de salud y los deseos personales de la persona que acuda a ella.
La normativa establece una interpretación más amplia de la transexualidad que la ley estatal. Así, contempla que se entenderá por transexual a quien haya procedido o esté en proceso de rectificación de la mención de sexo en el Registro Civil.
Además, reconoce como transexual a la persona que acredite que «carece de trastornos de personalidad que la induzcan a error en cuanto a la identidad de género que manifiesta y pretende le sea reconocida, mostrando una voluntad estable, indubitada y permanente al respecto».
También serán reconocidas como transexuales las personas que, con la acreditación médica pertinente, presenten una «disonancia estable y persistente, durante al menos seis meses, entre el sexo biológico y la identidad de género sentida como propia».
Documentación
La ley contempla que se establecerá reglamentariamente la posibilidad de que los transexuales cuenten, mientras dure el proceso de reasignación de sexo, con documentación administrativa «adecuada» para favorecer «una mejor integración» durante dicho proceso, de forma que se eviten «situaciones de sufrimiento o discriminación».
En el mismo artículo se indica que las administraciones deberán eliminar de sus archivos toda referencia a la identificación anterior de la persona que haya cambiado de sexo, así como cualquier dato «que haga conocer su realidad transexual», con la excepción de las referencias necesarias en el historial médico confidencial que conste en Osakidetza.
La ley entrará en vigor en un plazo de tres meses desde la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), aunque las cuestiones prácticas de la misma tendrán que esperar más ya que su aplicación debe hacerse a través de sus correspondientes decretos o reglamentos, por lo que se desarrollará en la próxima legislatura.
En Nafarroa ya se aprobó una ley similar
Con la aprobación de esta normativa, la CAV sigue los pasos de Nafarroa, que ya cuenta con una ley de estas características.


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Se dotará a las personas transexuales de documentación identificativa adecuada mientras dure su proceso de reasignación de sexo

 

El Parlamento Vasco ha dado un paso más en el reconocimiento de los derechos de las personas transexuales al aprobar hoy una ley que garantiza a este colectivo una atención integrada y adecuada a sus necesidades médicas, psicológicas y jurídicas, en igualdad de condiciones con el resto de la sociedad.

GASTEIZ.  La CAV se ha convertido de este modo hoy, Día Internacional del Orgullo Lésbico, Gay, Bisexual y Transexual, en la segunda comunidad autónoma, después de Navarra, que cuenta con una normativa de estas características, dirigida a evitar la discriminación de este colectivo.
 La principal novedad que contempla es que la Administración vasca dotará a las personas transexuales de documentación identificativa adecuada mientras dure su proceso de reasignación de sexo.
En todo caso, las personas transexuales sólo podrán utilizar estos documentos en la CAV, ya que, en principio no tendrán validez legal en otros territorios.
Una vez que se haya producido la reasignación de sexo y la persona transexual cuente con su DNI definitivo, la ley determina que se eliminen de los archivos de las administraciones vascas todos los datos identificativos relativos a su situación anterior a la operación, salvo los del historial médico de Osakidetza.
El grueso de la nueva legislación, que se denomina concretamente "ley de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales", ha sido aprobada por unanimidad, aunque el PP ha votado en contra de varios artículos que había enmendado.
El debate ha sido seguido desde la tribuna de invitados de la Cámara vasca por miembros de diversos colectivos que trabajan en defensa de este colectivo, que han desplegado varios carteles en los que se leía, en euskera y castellano, "Homofobia asesina", y, tras la aprobación de la ley, han expresado su satisfacción con aplausos.
La consejera de Asuntos Sociales, Gemma Zabaleta, ha destacado durante su defensa de la ley que esta normativa supone apuntalar los derechos de este colectivo en un momento en el que sistema social y sanitario están sufriendo recortes.
El servicio vasco de salud proporcionará los tratamientos hormonales e intervenciones plástico-quirúrgicas y otros tratamientos.
Además las administraciones públicas vascas elaborarán planes y medidas de acción positiva para favorecer la contratación y empleo de personas transexuales y promoverán acciones educativas para eliminar cualquier discriminación basada en la identidad de género.
Gracias a la ley se creará una unidad de referencia para atender a este colectivo en el Hospital vizcaino de Cruces, en el que actualmente ya se hacen operaciones de reasignación de sexo. Hasta el momento y desde 2010 se han llevado a cabo 21 intervenciones y hay 15 personas a la espera de ser operadas.
La ley entrará en vigor en un plazo de tres meses desde la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, aunque las cuestiones prácticas de la misma tendrán que esperar un tiempo más ya que su aplicación debe hacerse a través de sus correspondientes decretos o reglamentos.
Así, será durante la próxima legislatura cuando se desarrollen de manera efectiva todos los preceptos de la ley.
El PP es el grupo que ha mantenido la mayoría de las enmiendas votadas en el pleno, que han sido rechazadas en su totalidad.
 En una de ellas, explicada por la parlamentaria Laura Garrido, el PP planteaba aumentar hasta cinco años el período de empadronamiento en Euskadi para que la ley sea de aplicación, mientras que la legislación aprobada no contempla plazos y habla de todas las personas con residencia efectiva en la comunidad autónoma.
 Además el PP no está de acuerdo en que se cree una unidad de referencia hospitalaria por los elevados costes en la dotación de medios humanos y materiales.

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